martes, 6 de diciembre de 2016

Características de la Constitución Española de 1978





Día de la Constitución Española (6 de diciembre)

OBJETIVOValorar la Carta Magna española como marco general de convivencia y vivencia de los valores democráticos.
 Articulado de la Constitución Española de 1978:
Capítulo primero. De los españoles y extranjeros
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Título IIDe la Corona
Título IIIDe las Cortes Generales
Capítulo primero. De las Cámaras
Capítulo segundo. De la elaboración de las leyes
Capítulo tercero. De los Tratados Internacionales
Título VIDel Poder Judicial
Título VIIEconomía y Hacienda
Capítulo primero. Principios generales
Capítulo segundo. De la Administración Local
Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas
Título IXDel Tribunal Constitucional
Disposiciones adicionales (1ª a 4ª)
Disposiciones transitorias (1ª a 9ª)
Disposición final (única).

PARA AMPLIAR:
PARA LA REFLEXIÓN Y EL DIÁLOGO:
Proponemos subdividir en 8 partes el grupo-clase con los contenidos siguientes:
  1. Preámbulo y Título preliminar.
  2. De los Derechos y Deberes fundamentales (Título I).
  3. De la Corona (Título II).
  4. De las Cortes Generales (Título III).
  5. Del Poder Judicial (Título VI).
  6. Economía y Hacienda (Título VII).
  7. De la Organización territorial del Estado (Título VIII).
  8. Del Tribunal Constitucional (Título IX).
Cada subgrupo presentará su parte mediante los instrumentos o dinámicas que crean más adecuadas y en el diálogo posterior a cada exposición se procurará llegar a una síntesis clarificadora de lo expuesto de tal manera que al final de todas las exposiciones el alumnado pueda responder con claridad a las siguientes cuestiones:
  • ¿Cuáles son los derechos y deberes fundamentales que la C.E. de 1978 reconoce para todos los españoles?.
  • ¿Qué es el Poder Judicial y cuáles son sus competencias?.
  • ¿Qué es Hacienda?, ¿cuál es su cometido?.
  • ¿Cómo se organiza territorialmente el Estado Español?, ¿cuáles son las autonomías que lo integran?.
  • ¿Qué es el Tribunal Constitucional y para qué está?.

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